Editorial I
Armas: una victoria contra la impunidad
Los avances en las causas del contrabando de armamento y del atentado de Río Tercero alientan una esperanza en la lucha contra la corrupción
Al margen de la trascendencia del caso, las recientes condenas resueltas por la Sala I de la Cámara de Casación Penal contra 12 de los principales acusados por el contrabando de armas del Ejército a Croacia y a Ecuador representan una solitaria aunque esperanzadora señal frente a la inconcebible impunidad que desde hace décadas reina en nuestro país en materia de corrupción.
Algo similar puede decirse de otra decisión judicial, esta vez de la Corte Suprema de Justicia que, luego de dos años, determinó que la investigación del atentado a la Fábrica Militar de Río Tercero no se encuentra prescripta, por lo cual deberá realizarse el correspondiente juicio oral. Se trata de dos sumarios independientes, aunque en el de Río Tercero priva la hipótesis de que las explosiones de 1995 procuraron ocultar pruebas de los envíos ilegales de armamento.
En lo que hace al caso del contrabando de armas, su relevancia no radica solamente en el hecho de que entre los 12 condenados se encuentra, por primera vez en nuestra historia, un presidente constitucional, sino en que desde el comienzo de la investigación judicial, y pese a las innumerables vicisitudes que ésta sufrió, se logró recolectar una abundante cantidad de pruebas testimoniales y documentales.
Por esa razón, a varios conocedores del intrincado expediente les resultó difícil digerir la sentencia absolutoria que en 2011, luego de casi tres años de juicio, produjo el Tribunal Oral en lo Penal Económico Nº 3. En aquella oportunidad, los 18 acusados se vieron beneficiados porque los jueces Luis Alberto Imas y Horacio Artabe interpretaron que las ventas clandestinas de armamento efectuadas entre 1991 y 1995 gracias a tres decretos secretos firmados por Carlos Menem y varios de sus ministros no constituyeron contrabando sino actos de gobierno. En cambio, el tercer juez, Gustavo Losada, consideró que el contrabando existió y pidió condenas.
Ahora, la Sala I de la Cámara de Casación, integrada por Raúl Madueño, Juan Carlos Gemignani y Luis María Cabral, coincidió con el criterio de aquel voto solitario de Losada al resolver que, efectivamente, los envíos marítimos y aéreos de armamento de nuestro Ejército configuraron el delito de contrabando agravado por tratarse de material bélico y por haber sido cometido por funcionarios públicos. En cambio, Casación coincidió con el Tribunal Oral en lo Penal Económico en el sobreseimiento de Emir Yoma, ex cuñado y asesor de Menem, pese a que también hay declaraciones que lo comprometerían. Por eso, la fiscal ante Casación, Irma García Netto, apeló esa absolución y otras dos.
Al mismo tiempo, la defensa de Menem presentó un recurso extraordinario contra el fallo de Casación, por lo cual aún no está dicha la última palabra en esta causa iniciada en 1995 y que recibió un primer golpe casi letal hace doce años, cuando la Corte Suprema, con mayoría menemista, eliminó los delitos de asociación ilícita y falsedad ideológica, permitiendo de esa manera que Menem y el ex jefe del Ejército teniente general Martín Balza recuperaran la libertad, pues se encontraban procesados con prisión preventiva. Balza goza de un sobreseimiento definitivo en ese expediente, pero no en el de Río Tercero donde, al igual que Menem, se encuentra con falta de mérito.
El negociado de las armas, que incluyó el pago de coimas y el cobro de reintegros indebidos, convirtió a la Argentina en violadora de los embargos internacionales a las ventas de armas a las zonas en guerra, como la región balcánica y Ecuador y Perú. Para mayor vergüenza, en los Balcanes, personal de nuestro Ejército integraba las fuerzas de paz de las Naciones Unidas, y en el conflicto entre Lima y Quito, nuestro país era garante de la paz.
Al igual que la de las armas, la investigación por el atentado a la Fábrica Militar de la ciudad cordobesa donde se almacenaba el armamento destinado al contrabando sufrió fuertes embates. Durante años, y contradiciendo todas las pruebas recopiladas, la justicia federal de Córdoba se empecinó en sostener que las explosiones dentro de la fábrica militar, que mataron a siete civiles de la ciudad e hirieron a centenares de vecinos, además de destruir tres barrios íntegros, se había producido por accidente.
El tesón de la única querellante, Ana Gritti, viuda de una de las víctimas mortales y objeto de amenazas de muerte, finalmente halló eco en un fiscal que ordenó un peritaje definitivo, que comprobó que las explosiones no sólo fueron intencionales, sino que sus ondas expansivas se controlaron y dirigieron mediante contraexplosiones sincronizadas para que la fuerza destructora se abatiera sobre la ciudad y no sobre la planta militar ni sobre las fábricas civiles de productos químicos que la circundan. Esa fue la razón por la que todas las muertes, casi todos los heridos y los cuantiosos daños materiales se registraron en la ciudad y sus habitantes y no entre los operarios de la planta.
Todo parece indicar, entonces, que en noviembre de 1995, a medida que en Buenos Aires avanzaba la investigación del contrabando de armas, hubo alguien que tomó la decisión de sacrificar vidas humanas y parte de una ciudad con la intención de borrar pruebas.
Por eso, este atentado incalificable no puede quedar impune y, ahora que la Corte ha reactivado la causa es preciso que cesen de una vez las injustificables demoras judiciales y se resuelvan sin tardanza las situaciones procesales de Menem y de Balza para que luego comience el juicio oral.La Naciom
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