Impuestos: Monotributo



Siete claves para entender las nuevas obligaciones para los monotributistas
La AFIP obliga a los pequeños contribuyentes del régimen simplificado que ganen entre $ 120.000 y $ 300.000 anuales a emitir facturas electrónicas
Miércoles 30 de marzo de 2011

¿Qué dispuso la AFIP?

Ayer, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) dispuso que los monotributistas que facturen más de 120.000 pesos anuales (10.000 por mes) y hasta 300.000 pesos, deberán emitir facturas electrónicas para prestar servicios. Lo hizo a través de la resolución general 3067, publicada en el Boletín Oficial.

¿A qué se debe el cambio?

Desde la AFIP, dijeron que "apunta a simplificar el régimen, porque excluye a quienes venden bienes y apunta más bien a los que venden servicios, como los profesionales". La medida también tiene por objetivo reducir la evasión.

¿A quiénes incluye, concretamente, la medida?

Esta modificación abarca a unos 15.000 contribuyentes (9000 casos corresponden a locación de servicios), inscriptos en las categorías H, I, J, K y L. Es decir, que llegan hasta el tope de $ 300.000 previsto por el régimen simplificado de pequeños contribuyentes.

¿Qué tipo de facturas ingresarán en este régimen?

Ingresarán las facturas, recibos y notas de crédito y débito clase "C". En cambio, quedarán afuera las que respalden operaciones con consumidores finales (por ejemplo, las operaciones realizadas por comercios).

¿Cómo puede emitirse una factura electrónica?

La AFIP será la que autorice la emisión de los comprobantes electrónicos a través de la transferencia electrónica de datos en el sitio web de la AFIP o del servicio denominado "comprobantes en línea", con la clave fiscal.

¿Qué consecuencias tiene la nueva obligación?

Los contadores consultados por La Nacion destacaron que a un grupo de contribuyentes le generará una mayor carga administrativa, y que tiene relación con la política de la AFIP de aumentar su poder de fiscalización.

¿Desde cuándo entrará en vigencia?

Las disposiciones de la resolución regirán a partir de mañana y serán de aplicación para la solicitud de autorización para la emisión de comprobantes de las operaciones que se efectúen a partir del 1º de mayo de 2011, inclusive.


La Nación

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