Ley de Estupefacientes / Drogas

Un flagelo que crece / La estructura sanitaria no logra contener la demanda
Drogas: se internan 117 adictos por día
Unos 130.000 buscan ayuda en centros de recuperación, pero 32.500 quedan excluidos de los tratamientos por la escasez de camas

Lunes 7 de setiembre de 2009

Loreley Gaffoglio
LA NACION

Por año, unos 130.000 argentinos experimentan consumos abusivos de drogas ilícitas y 43.000 de ellos -117 por día- se internan en los 399 centros especializados para paliar su adicción. No obstante, la oferta sanitaria nacional en rehabilitación resulta insuficiente para el 25 por ciento de los adictos (32.5000 personas) a sustancias psicoactivas ilegales.

Esa es la última medición de la Secretaría de Programación para la Prevención de la Drogadicción y Lucha contra el Narcotráfico (Sedronar), días después de que en su fallo de desincriminalización de tenencia de drogas, la Corte Suprema de Justicia llamara al Estado a garantizar la asistencia terapéutica a los adictos.

La realidad contradice la intención del máximo tribunal. El titular de la Sedronar, José Granero, reconoció a LA NACION que "el Estado mantiene hoy una deuda pendiente en la atención a los drogadependientes".

Hace tiempo que las 2890 camas de internación, repartidas en sólo 109 centros especializados en todo el país, están cubiertas en su totalidad por la demanda de los llamados policonsumidores. Son en el 84,6 por ciento hombres de entre 15 y 29 años, que detentan dependencias psicofísicas a diversos tipos de drogas.

La Argentina es el primer país de América latina en cantidad de policonsumidores de sustancias ilícitas, según las aciagas estadísticas de la Sedronar. Y ese fenómeno se da entre los más jóvenes, ya que a medida que se avanza en edad se incrementa el porcentaje de monoconsumidores.

Entre la droga de inicio y la sexta consumida existen tres años de abuso de sustancias y en el grueso de los casos eso se da entre los 15 y 18 años.

El cannabis es la puerta de inicio al consumo de sustancias ilegales en el 60,9% de los casos, secundados por la cocaína y el paco, con el 16,4%.

Los consumidores problemáticos, el 54,3%, reciben tratamiento ambulatorio. En los casos aún más conflictivos, el 32,2% permanece internado durante un promedio de 27 días en las 37 comunidades terapéuticas y los 72 centros especializados del país. La recuperación insume, al menos, dos años de tratamiento. Y entre los que pugnan por mantenerse sobrios tras haberse "sobrepuesto" a la adicción, las recaídas se evitan en grupos de autoayuda o semirresidenciales.

La provincia de Buenos Aires, con un total de 173 reparticiones, y la ciudad de Buenos Aires, con 65 centros, concentran el mayor número de centros de rehabilitación del país, según el censo 2008 de la Sedronar. Le siguen Neuquén (con 34), Córdoba (33), y Santa Fe (32). En el extremo de la oferta se ubica Formosa, con escasos cuatro centros.

Pero la oferta sanitaria para las residencias -un ámbito perentorio para las desintoxicaciones y la reinserción social-, resulta a todas luces escasa, coinciden los especialistas. En la provincia de Buenos Aires, por ejemplo, hay 7,9 camas destinadas a adictos cada 100.000 habitantes y 13,6 plazas para igual cantidad de personas en la demanda porteña.
Más dependencia

Los expertos dividen a los consumidores de drogas entre los que hacen uso, abuso o son dependientes. Estos últimos se incrementaron 32,4% desde 1994, según la Sedronar, que los cuantificó a partir del relevamiento de los pedidos de ayuda terapéutica.

"La despenalización de la tenencia de drogas por parte de la Corte recae justo cuando el país experimenta un aumento en el consumo y abuso de sustancias dañinas. Por cada adicto en tratamiento hay dos que no lo están", afirmó José Rshaid, director de Casa del Sur, la mayor comunidad terapéutica del país, con 14 sedes, 500 camas de internación.

Cuenta Marcelo Plotnik, psicólogo de ese centro especializado en adicciones, que los diversos organismos del Estado, prepagas y obras sociales que cubren las internaciones de los adictos muestran atrasos de hasta siete meses en los pagos. Pero, "lo más acuciante, es la falta de camas para pacientes que puedan esperar", dice.

Las comunidades terapéuticas reciben, en promedio, $ 2000 mensuales por tratamiento, a pesar de que Fonga, la ONG que las agrupa, estimó su costo en $ 3200 mensuales.

"Se deben triplicar las camas de internación", alerta Rshaid. Al tanto de esa demanda, Granero, que logró incrementar a $ 44,3 millones el presupuesto de su Secretaría, de los cuales $ 14,5 millones se destinan a subsidiar los tratamiento de adictos, dijo a LA NACION: "No es un problema de ahora. Hace tiempo que el sistema está saturado. El abuso de drogas creció pero el sistema público de salud sólo atiende parcialmente la internación de adictos. Hemos planteado que se deben incorporar camas a los hospitales públicos, sumar 1000 plazas más y mejorar toda la asistencia, también la privada. Pero, sobre todo, hay que hacer hincapié en los excluidos, que carecen de obras sociales y prepagas, y que son a los que el Estado hoy no acoge por falta de infraestructura."

La Nación

Actualidad religiosa
Ante la droga, darle sentido a la vida
Por Jorge Rouillon

Lunes 31 de agosto de 2009

En ámbitos de la Iglesia preocupa lo que pueda facilitar el consumo de drogas, y en tal sentido se recibió el último fallo de la Corte Suprema de Justicia.

Con conocimiento de causa, porque tocan esa realidad de cerca, los sacerdotes de villas de emergencia se preguntaron: "¿Cómo decodifican los chicos de nuestros barrios la afirmación de que son legales la tenencia y el uso personal?"

"Tengo muchísimas reservas", dijo sobre ese fallo el arzobispo de Mercedes-Luján y presidente de la Comisión de Comunicación Social, monseñor Agustín Radrizzani. Lo hizo en la cena de la Asociación de Entidades Periodísticas Argentinas (ADEPA), en la que, ante otra pregunta, estimó que sería oportuno que la ley de radiodifusión fuera debatida en las cámaras después del 11 de diciembre. "Si yo puedo consumir, ¿de dónde saco la droga? Busco comprarla", dijo. Y apuntó: "A un chico le saco la tijera de la mano".

Pero más que poner límites a los jóvenes, a la Iglesia le importa que ellos formen su conciencia para obrar tendiendo a la verdad, el bien y la belleza. Hace días, Radrizzani vio a un cura muy triste: un muchacho se había tirado abajo de un tren. Observó que algunos no tienen carencias económicas, pero sí graves carencias afectivas y emocionales, falta de sentido de la vida (hay suicidios en las clases altas). Y necesitan razones para la existencia, para descubrir su belleza.

jrouillon@lanacion.com.ar

La Nación

Despenalización / Reacciones adversas entre profesionales
Expertos en adicciones critican el fallo de la Corte Suprema
Afirman que incluso una droga blanda, como la marihuana, puede perjudicar la salud

Viernes 28 de agosto de 2009

Soledad Vallejos
LA NACION

Percepción distorsionada, pérdida de coordinación, problemas de memoria y aprendizaje, y aumento en el ritmo cardíaco. Según los expertos consultados por La Nacion, el consumo de marihuana en cantidades mínimas, incluso un cigarrillo con sólo 0,5% de concentración de cannabinoides, produce distorsiones graves en el ser humano.

"Una persona que fuma un cigarrillo de marihuana puede convertirse en un verdadero riesgo para otros, porque, con la percepción distorsionada, esa persona no está en condiciones de conducir, ni siquiera de cruzar la calle", ejemplificó el doctor Eduardo Kalina, profesor titular del posgrado en Adicciones de la Universidad del Salvador.

Para el experto, el fallo de la Corte Suprema de Justicia revela "un profundo desconocimiento científico", y considera que despenalizar la tenencia para el consumo personal "es una medida que banaliza el uso de la droga y pone a la sociedad en un serio riesgo".

Desde el punto de vista de la salud mental, el doctor Hugo Marietán, especialista en psicopatías y miembro de la Asociación Argentina de Psiquiatras, afirma que "el consumo crónico de marihuana actúa como un despertador de patologías latentes, como la esquizofrenia".

Sin embargo, "como especialista y ciudadano", Marietán reconoce que "el consumo de marihuana está extendido en todas las capas sociales y, en ese sentido, consideró que lo más importante no es penar a los consumidores, sino atacar el problema de raíz, "pero este fallo no es el camino correcto".
Puertas adentro

En cuanto al consumo en forma privada, los especialistas coinciden en una misma apreciación: el acto de consumir de manera particular y privada no sólo puede ser riesgoso para la sociedad, sino que "pone seriamente en peligro a ese individuo", ya que, entre otras razones, y según el último informe del National Institute on Drug Abuse (NIDA), "durante la primera hora después de haber fumado marihuana, el riesgo de sufrir un ataque cardíaco se cuadruplica".

Para el doctor Camilo Verruno, con más de 35 años de experiencia en adicciones y profesor titular de Salud Mental de la Facultad de Medicina de la UBA, también está comprobado que "la performance intelectual de un estudiante con sólo seis meses de consumo se deteriora notablemente, y se manifiesta en los problemas de memoria y falta de concentración". Con un año de consumo, "también el aparato cognitivo se deteriora".

Por otra parte, Verruno insiste en que "la sanción de este fallo no favorece a la salud pública".

Entre otras contingencias que trae el consumo de marihuana, Kalina explica que "al tener un efecto similar al dronabinol (droga que se utiliza para tratar vómitos y náuseas) favorece el consumo desmedido de alcohol, ya que el individuo puede beber sin tener vómitos y náuseas, y así bloquea la primera reacción de defensa del organismo".

A largo plazo, además, los expertos hablan del desarrollo de otras enfermedades, como el cáncer. Y para concluir con una lista de acciones perjudiciales, el informe de la NIDA se refiere al THC, principal activo de la marihuana, como uno de "los destructores de la mielina que recubre la célula básica del sistema nervioso central, que provoca daños irreparables a nivel cerebral".

La Nación

"Hoy es un faso; mañana, una birra y una pastilla"
Testimonio de una joven que fue sobreseída judicialmente

Jueves 27 de agosto de 2009

LA PLATA.- Amparo Manes, de 25 años, fue detenida por prender un cigarrillo de marihuana cuando viajaba, sola, en el furgón de un tren, y sobreseída en una causa por consumo personal de estupefacientes, en un fallo de la Cámara Penal local, precursor del de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

Adicta desde los 12 años, pasó momentos difíciles por causa de las drogas: cárcel, psiquiátricos, tormentos. Es consciente de lo que significa la ingestión de estupefacientes.

"Los que consumen deben conocer su responsabilidad y las consecuencias de lo que hacen. Hoy es un faso. Mañana, un faso, una birra y una pastilla. Después, todo eso y una bolsa de merca?", se lamentó al pensar en su propia experiencia con la droga.

El 31 de marzo de 2007, cerca de las 16, Manes fue detenida por la policía en la estación de trenes de 1 y 44, con dos cigarrillos de marihuana.

"Me subí al furgón. Iba para Villa Elisa a ver a un chico. Estaba sola, atrás, donde van la bicicletas. Tenía dos fasitos. Me iba a prender uno. Me tocaron de atrás los federales. Me bajaron, me requisaron. Me llevaron a la comisaría. Llamaron a un bioquímico. Salió rojo. Marihuana pura -recordó-. Se me abrió una causa por consumo de estupefacientes".

Unos meses después, cuando fue convocada por la Justicia para informarle que había sido liberada de culpa y cargo, Manes estaba presa en la cárcel de Mar del Plata en otra causa, por un robo relacionado con su adicción a las drogas.
Encadenada como protesta

SANTA FE.- Norma Castaño es la madre de un adicto que hace cinco años se involucró con el narcotráfico para denunciar la complicidad policial en esta ciudad en la venta de drogas a los menores. Ayer se encadenó frente a la Casa de Gobierno para denunciar que, sin causa judicial, los magistrados no dan la orden de internación.

"No se confundan, la marihuana es una puerta a la cocaína", sentenció la mujer, que opinó: "El fallo de la Corte me parece horrible. La gente tiene que entender que un adicto no va preso nunca, solamente le pintan los dedos. Si no hay causa, un juez no ordena la internación de nuestros hijos", dijo al pedir mejores tratamientos.
Apresado por un "porro" y violado

* Un joven de 24 años que fue detenido por poseer un cigarrillo de marihuana, y violado en los calabozos de una comisaría de Boulogne por otro preso, demandaría una indemnización al Estado, informó ayer su abogado, José Vera. La víctima, sostuvo, sufrió graves secuelas psicológicas.


La Nacion

Fallo histórico / El próximo paso, cambios a la ley de estupefacientes

Drogas: no es delito la tenencia mínima
Lo resolvió la Corte al fallar en una causa por consumo de marihuana; pidió una política criminal y proteger a sectores de mayor riesgo

Miércoles 26 de agosto de 2009

La Corte Suprema de Justicia resolvió que no es punible la tenencia de bajas cantidades de estupefacientes para consumo personal en la medida en que ello no implique un peligro concreto o daños a terceros o a bienes de terceros.

Pero al mismo tiempo que entendió que la utilización de estupefacientes cae dentro de la esfera de autonomía individual en la cual el Estado no se puede inmiscuir, también exhortó a los poderes públicos para que ejecuten una política contra el tráfico ilícito de estupefacientes y adopten medidas para proteger a los sectores de mayor riesgo.

El gobierno nacional esperaba este fallo para avanzar en un proyecto de modificación de la ley de drogas (23.737), iniciativa que está siendo elaborada por un comité de expertos


Como anticipó LA NACION, la Corte falló en el caso conocido como Arriola, con las firmas del presidente del cuerpo, Ricardo Lorenzetti, y de los ministros Juan Carlos Maqueda, Elena Highton, Carlos Fayt, Carlos Petracchi, Carmen Argibay y Raúl Zaffaroni. Salvo Petracchi, que remitió a su voto liberal en el caso Bazterrica (1986), criterio permisivo al que ayer volvió la Corte, y Highton y Maqueda, cada uno de los otros ministros elaboró su propio voto.

El hecho que dio lugar al caso Arriola había acaecido en febrero de 2006, cuando la policía detuvo a tres vendedores de droga -cuya condena a prisión efectiva por el delito de comercialización la Corte ya había dejado firme en mayo pasado- y a cinco jóvenes que llevaban en sus bolsillos cigarrillos de bajo contenido de marihuana. Estos últimos fueron ayer absueltos por el alto tribunal.

Si bien en aquel procedimiento la policía se incautó de cigarrillos con cantidades mínimas de marihuana, que oscilaban entre 0,16 gramos y 1,1 gramos de esa sustancia, y que el número de dosis no era elevado, la Corte, al redactar la sentencia, no hizo distinción respecto del tipo de drogas. Según surge del texto, el tribunal no limita su decisión a la marihuana, sino que declara inconstitucional la norma de la ley que castiga la tenencia de estupefacientes para consumo personal.

"Esa norma viola el artículo 19 de la Constitución Nacional, en la medida en que invade la esfera de la libertad personal. Por tal motivo, se declara la inconstitucionalidad de esa disposición, en cuanto incrimina la tenencia de estupefacientes para uso personal que se realice en condiciones tales que no traigan aparejado un peligro concreto o un daño a terceros o a bienes de terceros."
Puntos principales

Los puntos fundamentales de la sentencia son:

* "La conducta no punible sólo es aquella que se da en específicas circunstancias que no causan daño a terceros", dice el fallo. Todos los ministros entienden que la tenencia para consumo personal no es castigable en la medida en que no traspase ese límite. El parámetro fijado por el artículo 19 de la Constitución para proteger la privacidad personal es que no se dañe a otras personas.

* "La conducta no punible sólo es aquella que se da en específicas circunstancias que no causan daños a terceros", afirma la sentencia. Dos ministros, Fayt y Argibay, también sugieren que, para que la tenencia no sea punible, debe darse otra condición: que no sea ostensible, es decir, que no haya habido exhibición de la droga.

* "El poderoso reconocimiento de la libertad individual que hace la Constitución implica una inversión de la carga argumentativa, de modo de que toda restricción debe ser justificada desde el punto constitucional", explica Lorenzetti. Además, sostiene la Corte, en los últimos 20 años "no se advirtió una política pública consistente y efectiva" contra el narcotráfico.

* Si bien hace 19 años la ley de drogas consideró punible la tenencia de escasas cantidades para consumo personal, las circunstancias cambiaron y la norma devino inconstitucional. Si en aquella época se pensó que persiguiendo al consumidor se podía combatir el tráfico, la experiencia de estos veinte años demostró que la estrategia fue errada: el tráfico creció exponencialmente. Y sólo el 10 por ciento de las causas iniciadas desde entonces fue por tráfico, pues en todo el resto se persiguió sólo a los consumidores", sostienen unánimemente los jueces.

* Fayt y Zaffaroni aportan dos ideas más alrededor de ese problema. Fayt dice que el consumidor ya carga con el problema de la droga como para que, además, el Estado lo estigmatice al someterlo a un proceso criminal. Es una forma de revictimizarlo, entiende.

Zaffaroni, por su parte, considera que castigar al consumidor se vuelve contraproducente, porque el juez debe indagarlo y el consumidor puede negarse a declarar cuando, en realidad, es más útil citarlo para que declare como testigo en contra del traficante. Perseguir al consumidor -dice Zaffaroni- es un enorme dispendio de esfuerzos y recursos sin utilidad para una seria política criminal.

* Además, "en 1994 se reforma la Constitución Nacional y se incorporaron los tratados internacionales, que no permiten castigar las acciones que quedan dentro de la esfera privada de los hombres. La dignidad del hombre impide que éste pueda ser usado como un medio de prueba en contra del narcotraficante, como pretendía la ley de estupefacientes. La mera invocación que pueda hacer el Estado de proteger el bien común no es suficiente para inmiscuirse en la vida privada", fundamentan los jueces.

Dixit
RICARDO LORENZETTI
Presidente de la Corte

"No se trata sólo del respeto de las acciones realizadas en privado, sino del reconocimiento de un ámbito en el que cada individuo adulto es soberano para tomar decisiones libres sobre el estilo de vida que desea"
CARLOS FAYT
Juez de la Corte

"El hecho de que la respuesta social no pueda darse en clave punitiva no implica reconocimiento alguno de la legitimidad del uso de estupefacientes, sino que debe procurarse desde el Estado una atención preventiva"
ENRIQUE PETRACCHI
Juez de la Corte

"Exhortar a todos los poderes públicos a asegurar una política de Estado contra el tráfico ilícito de estupefacientes y a adoptar medidas de salud preventivas, con información y educación disuasiva del consumo"
RAUL ZAFFARONI
Juez de la Corte

"Este tipo penal importa un enorme dispendio de esfuerzo, dinero y tiempo de las fuerzas policiales, insumidos en procedimientos inútiles. Similares consideraciones pueden hacerse respecto de la tarea judicial"
CARMEN ARGIBAY
Jueza de la Corte

"En tanto la conducta se realice en condiciones que no traiga aparejado un peligro concreto o un daño a derechos o bienes de terceros, está amparada por la garantía del artículo 19 de la Constitución Nacional"
ELENA HIGHTON
Jueza de la Corte

"De ninguna manera se podría invocar el orden público o el bien común como medios para suprimir un derecho garantizado por la Constitución o para desnaturalizarlo o privarlo de contenido real"
JUAN CARLOS MAQUEDA
Juez de la Corte

"No hay dudas de que, en muchos casos, los consumidores de drogas, en especial cuando se transforman en adictos, son las víctimas visibles, junto a sus familiares, del flagelo de las bandas criminales del narcotráfico"

La Nación

1 comentario:

  1. A favor del fallo: permite la detección, una mayor aproximación al joven adicto, que no se escape, que se abra y reconozca su problema adictivo sin miedo a una sanción penal,y así se lo puede encarar y solucionar.
    En contra del fallo: el peligro jurídico es que los narco pueden alegar como defensa que lo estan vendiendo para "consumo privado" lo que no esta penado, entonces tampoco lo debería estar su acto de venta. Para pensar.
    Pienso que este fallo obliga a reformular una nueva ley mas abarcativa de la problemática y que no deje puntos oscuros.

    ResponderBorrar