La Justicia ratificó que no son delito las operaciones de "contado con liqui"

Viernes 13 de marzo de 2015 | Publicado en edición impresa

Fallo

La Justicia ratificó que no son delito las operaciones de "contado con liqui"

Por Hugo Alconada Mon | Para LA NACION

a Cámara en lo Penal Económico concluyó que las operaciones de contado
con liquidación con que miles de ahorristas e inversores escapan del
cepo cambiario no constituyen un delito, como sostiene el Gobierno
desde hace años en un intento de detener o desacelerar la fuga de
divisas.

La Sala B de esa cámara consideró, mediante un fallo unánime de sus
tres integrantes, que aplicarle el régimen penal cambiario a ese tipo
de operaciones financieras viola el principio de legalidad establecido
en el artículo 18 de la Constitución nacional.

El fallo -que se firmó el miércoles, pero recién trascendió anoche-
resulta un traspié para el Gobierno, que ya anticipó que lo apelará
ante la Cámara de Casación Penal. Considera que su denuncia contra el
banco BBVA Francés es un "caso testigo" de una operatoria sistémica
delictual que permitió la fuga de miles de millones de dólares durante
los últimos años.

"El llamado «contado con liqui» es una maniobra lícita en principio y
si se trata de una operación aislada, individual; pero cuando resulta
parte de un patrón conductual, sistemático y sostenido en el tiempo,
consideramos que se trata de un abuso, un fraude a la ley", indicaron
desde la Procuraduría de Criminalidad Económica y Lavado de Activos
(Procelac) a LA NACION.

Sin embargo, con el voto decisivo del camarista Roberto Hornos -al
cual suscribieron sus colegas Marcos Gravibker y Nicanor Repetto-, la
Sala B consideró que las operaciones bajo sospecha no pueden
considerarse delito mediante "una interpretación extensiva y una
aplicación analógica" de las leyes penales vigentes.

Así, según Hornos, extender el régimen penal cambiario o las
disposiciones cambiarias del Banco Central (BCRA) al "contado con
liqui" se encuentra vedado por la prohibición de efectuar una
extensión por analogía de los tipos penales o infraccionales, que es
derivación del principio de legalidad, de jerarquía máxima no
cuestionable", en alusión a la Constitución.

Un fallo esperado en la City

El fallo de Cámara era esperado tanto por la Procelac y el BCRA como
por los bancos, financieras y casas de cambio que durante más de una
década impulsaron el "contado con liqui". Es decir, operaciones en las
que un agente adquiere en el mercado local, en pesos, un título o
acción que también cotiza en el mercado externo (por lo general, en
Nueva York), donde luego lo vende en moneda extranjera.

De ese modo, el interesado se desprende de pesos, sortea los controles
locales y recupera su inversión, ya en dólares de libre
disponibilidad, en el exterior, aunque la operatoria también puede
registrarse en el sentido inverso, con un cliente que desea ingresar
divisas desde el exterior, mediante la liquidación en su cuenta
bancaria local, en pesos.

En este caso en particular, las operaciones se registraron en ambos
sentidos, desde y hacia el país, entre julio y diciembre de 2005. Y
derivaron en la apertura en 2007 de un sumario de la Superintendencia
de Entidades Financieras y Cambiarias del BCRA que en 2011 radicó una
denuncia penal.

Un año después, en mayo de 2012, el juez en lo Penal Económico Gustavo
Meirovich multó por US$ 191.937 al BBVA Francés y por US$ 63.979 a sus
gerentes de Banca Mayorista, Tomás Deane; de Back Office, Carlos
Campo, y de Administración de Mercados, Manuel Mansilla, y al
responsable de Tesorería, Juan Estrada.

En diciembre de ese mismo año, sin embargo, la cámara anuló la
sentencia y las multas. También apartó a Meirovich y ordenó sortear
otro juez, que resultó Rafael Caputo, que en mayo del año pasado
absolvió al BBVA Francés y a sus ejecutivos, fallo que a su vez
apelaron la fiscalía y la Procelac, que lidera el fiscal Carlos
Gonella.

"Los imputados tenían la intención de realizar una operación cambiaria
al margen del mercado legal, simulando una operación lícita, abusando
de los canales habilitados para la realización de operaciones
bursátiles", plantearon los fiscales.

"Esto no puede desconocerlo nadie, de hecho, es de público y notorio
conocimiento y sale habitualmente en los principales diarios de
circulación masiva", dijeron, y agregaron: "Pretender lo contrarío
agrediría el más mínimo sentido de justicia".

Liderada por Hornos, sin embargo, la Sala B optó por una visión
restrictiva. "Para que exista una operación de cambio en sentido
técnico [?] debe existir necesariamente un intercambio o una permuta
de una moneda por otra, y debe estar siempre involucrada la moneda
nacional". Y como en las operaciones de "contado con liqui" se
intercambió dinero por títulos valores, concluyeron, no se registró
una operación cambiaria.

Argumentos contrapuestos

Carlos Gonella

Titular de Procelac

Qué sostiene la Justicia

La Cámara considera que las operaciones de compra de dólares mediante
bonos o acciones son legales porque no existe transacción de moneda

Qué piensan en el Gobierno

La Procelac dice que el uso sistemático de estas operaciones supone un
fraude a la ley

http://www.lanacion.com.ar/1775705-la-justicia-ratifico-que-no-son-delito-las-operaciones-de-contado-con-liqui

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