La Corte Suprema suspendió las elecciones ejecutivas en Santiago del Estero

Martes 22 de octubre de 2013 | 20:36

La Corte Suprema suspendió las elecciones ejecutivas en Santiago del Estero

El Máximo Tribunal dispuso una medida cautelar que impide que se vote el domingo; el radical K Gerardo Zamora pretende presentarse a un tercer mandato


La Corte suspendió hoy la convocatoria a elecciones de gobernador y vicegobernador de Santiago del Estero prevista para este domingo, donde el radical K Gerardo Zamora pretendía presentarse para un tercer mandato.

Según informó el CIJ, en un duro fallo el Máximo Tribunal dicto una medida cautelar, luego de que la UCR denunciara que Zamora no está habilitado por la Constitución de la provincia para presentarse a una nueva reelección.

Zamora, se mostró en los últimos meses muy cercano a la Casa Rosada y le regaló su triunfo de las primarias. "¡Te pasaste!", lo elogió la presidenta Cristina Kirchner cuando en un acto después de los comicios resaltó el desempeño electoral de su aliado.

Las dudas

En septiembre de este año, la jueza civil y comercial de Santiago del Estero Andrea Suárez declaró la inconstitucionalidad de la cláusula transitoria 6° del artículo 152 de la Constitución provincial, y de esta manera habilitó al gobernador de Santiago del Estero a pelear por su re-reelección.

El referido artículo 152 expresa que el gobernador y el vice "podrán ser reelectos o sucederse recíprocamente por un nuevo período únicamente", y la cláusula transitoria sexta indica que "el mandato del gobernador de la provincia en ejercicio al momento de sancionarse esta reforma deberá ser considerado primer período".

Fue este último párrafo al que el Partido Federal apuntó en su presentación, y ahora la jueza Suárez resolvió declararlo inconstitucional. Así, la justicia provincial tomó como primer mandato el segundo, que está siendo ejercido en la actualidad por Zamora.

No obstante, hoy la Corte señaló que la Constitución de Santiago del Estero debía ser interpretada en el sentido más obvio del entendimiento común y recordó que el artículo 152 establece la regla de una sola reelección consecutiva.

"La historia política de la Argentina es trágicamente pródiga en experimentos institucionales que -con menor o mayor envergadura y éxito- intentaron forzar -en algunos casos hasta hacerlos desaparecer- los principios republicanos que establece nuestra Constitución", manifestó con dureza la Corte.

Además, el Máximo Tribunal aclaró que el período 2005-2009, en el que el actual gobernador desempeñó ese mismo cargo, debe ser contabilizando como el primer periodo.

La Nacion

No hay comentarios.:

Publicar un comentario