Las cinco claves para entender el proyecto del kirchnerismo para reglamentar las manifestaciones públicas

Las cinco claves para entender el proyecto del kirchnerismo para reglamentar las manifestaciones públicas

La propuesta estipula diferenciar entre protestas legítimas y "no legítimas"; también se reglamenta el uso de la fuerza y se establece difusión en medios públicos de las manifestaciones


El diputado kirchnerista Carlos Kunkel presentó un proyecto de "ley de convivencia en manifestaciones públicas" orientado a reglamentar el derecho de peticionar a las autoridades en el espacio público. LA NACION resumió los cinco puntos centrales de la propuesta que consta de 34 artículos.

1. LEGITIMIDAD: La normativa propone distinguir entre manifestaciones "no legítimas" y "legítimas". Para encuadrar en esta última categoría el desarrollo de la protesta no debe impedir el normal funcionamiento de los servicios públicos ni la circulación de vehículos o personas en una dirección determinada. Tampoco puede violar ningún artículo del Código Penal, debe permitir la libre circulación de grupos vulnerables (adultos mayores, enfermos, niños...) y debe ser notificada.

Para el desarrollo de cualquier "manifestación legítima" el Estado deberá arbitrar los medios para garantizar su desarrollo pacífico.

2. NOTIFICACIÓN: Los manifestantes tienen la obligación de notificar a la policía con al menos 48 horas de anticipación el lugar, tiempo, objeto y representante de la manifestación que se pretende realizar. A su vez, los funcionarios policiales deben dar aviso al Ministerio de Seguridad.

3. MEDIACIÓN: Cuando se produzca una manifestación "no legítima", la misma no podrá ser desalojada hasta que no haya una medicación civil obligatoria conducida por un funcionario no policial. La misma no se podrá extender más de dos horas y, en caso de impedir totalmente la circulación de vehículos o personas, primero se deberá liberar totalmente.

4. USO DE LA FUERZA: Para desalojar una manifestación "no legítima", las fuerzas de seguridad no podrán utilizar a la violencia como mecanismo disuasorio, sino que sólo para resguardar su integridad personal en caso de un ataque. También está prohibido utilizar armas de fuego en cualquier instancia.

El proyecto fija cuatro principios para el uso de la fuerza pública: legalidad, gradualidad, oportunidad y último recurso.

5. DIFUSIÓN: A través de la Secretaría de Comunicación, el Estado debe garantizar que "las maniefestaciones legítimas cuyo objeto sea dar visibilidad a reivindicaciones de derechos o demandas ante autoridades públicas o entidades privadas, cuenten con la adecuada difusión en medios públicos, ya sean radiales, televisivos, gráficos o digitales".

Texto completo del proyecto de ley

 

Si desea descargar el texto original y completo del proyecto de ley haga click aquí (PDF).



La Nacion


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