Se define la causa por enriquecimiento contra De Vido

Se define la causa por enriquecimiento contra De Vido

El ministro y su esposa habían sido sobreseídos, pero el fiscal apeló y el caso podría reabrirse

Por   | LA NACION




 Cámara de Casación penal estará en condiciones de resolver desde esta semana si la investigación por enriquecimiento ilícito contra el ministro de Planificación, Julio De Vido, y su mujer, Alessandra Minnicelli, se debe reabrir o si, por el contrario, la pareja debe ser sobreseída, como ya lo resolvió un juez en 2009 , con lo cual el caso se cerraría definitivamente.

En este causa, que ya lleva seis años y llegó hasta la Corte Suprema de Justicia, los jueces Mariano Borinsky, Gustavo Hornos y Juan Gemignani convocaron para el miércoles de la semana que se inicia a una audiencia con el fiscal y la defensa del ministro, para determinar si debe confirmarse el sobreseimiento o si debe seguir la investigación adelante.

En primera instancia, De Vido y su mujer habían sido sobreseídos en febrero de 2009 por el entonces juez federal Octavio Aráoz de Lamadrid, luego de una denuncia que presentó el abogado Ricardo Monner Sans, a partir de una publicación periodística donde se cuestionaba el nivel de vida del matrimonio.

Aráoz de Lamadrid consideró que el matrimonio había justificado su evolución patrimonial entre 2003 y 2007, cuando ambos eran funcionarios, y la compra, con ahorros propios, de una casa de campo de más de 300 metros cuadrados en una chacra de 3,8 hectáreas en Zárate, una camioneta 4x4 Toyota Hilux y el pago del alquiler de 3000 dólares del departamento donde vivían.

"Eventualmente, no es delito que un funcionario gaste todo su sueldo en el alquiler del departamento en el que vive", había escrito el entonces magistrado, luego procesado en un caso de sobornos.

El fiscal Guillermo Marijuán apeló esta decisión, pero la Cámara Federal confirmó el sobreseimiento.

Sin embargo, el fallo de Cámara fue apelado por el fiscal nacional de Investigaciones Administrativas, Guillermo Noailles, quien habían asegurado que era prematuro cerrar el caso, pues aún quedaban por hacer medidas de prueba.

El caso así llegó a la Cámara de Casación, donde los jueces de la Sala IV, Borinsky y Hornos, rechazaron la apelación sin analizar si estaba o no justificado el enriquecimiento de la pareja. Los jueces entendieron que el fiscal de Investigaciones Administrativas no tenía atribuciones para apelar, pues no se trataba de una causa iniciada por su denuncia, como era el criterio que imperaba en ese momento.

Dijeron además que "la asignación de competencia específica de la Fiscalía Nacional de Investigaciones Administrativas no incluye el ejercicio directo de la acción penal en toda causa, cuyo objeto sea la investigación de la conducta presuntamente delictiva de un funcionario público en el ejercicio de sus funciones".

En disidencia, el camarista Juan Carlos Gemignani reconoció la posibilidad de intervenir de la fiscalía, pero entendió que los sobreseimientos no habían sido arbitrarios.

No sólo dijo que Noailles podía apelar sino que además opinó sobre el asunto de los bienes del matrimonio De Vido.

Cuando la causa ya estaba prácticamente muerta por esta sentencia, el caso llegó a la Corte por el recurso que presentó el fiscal ante la Casación, Ricardo Weschler. Y el máximo tribunal le dio la razón, al entender que Noailles estaba legitimado para apelar, y que la Casación debía analizar si De Vido y su mujer estaban bien sobreseídos o si, por el contrario, debe seguir investigándose su evolución patrimonial entre 2003 y 2007.

LOS JUECES A CARGO

¿Quiénes serán los jueces que deben decidir sobre este asunto?

Weschler recusó a Borinsky y a Hornos porque entendió que ya habían opinado en el caso, y Gemignani se excusó, al sostener que él mismo había adelantado opinión.

La Casación resolvió el 11 de febrero pasado que Borinsky y Hornos debían seguir actuando porque sólo se habían pronunciado sobre el incidente (si era o no posible que Noailles apelara) y no sobre el fondo del caso.

Con este asunto resuelto, el tribunal rechazó la excusación de Gemignani y la recusación de este mismo juez que también había pedido el fiscal Weschler.

Nuevamente fueron los votos mayoritarios de Borinsky y Hornos los que determinaron que Gemignani integre el tribunal que analice el caso De Vido, con la disidencia de la jueza Ana María Figueroa que, en minoría, entendió que este magistrado ya había adelantado opinión.

De este modo quedó despejado el problema de la integración del tribunal que debe decidir sobre el futuro de De Vido y su mujer.

Serán los jueces Gemignani, Borinsky y Hornos los que resuelvan, luego de la audiencia del miércoles, si debe confirmarse el sobreseimiento y dar por cerrado el caso, o si corresponde profundizar la investigación de la pareja.

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