Miércoles 09 de mayo de 2012 | 21:43
El Senado dio luz verde a la ley de identidad de género
La iniciativa, aprobada con 55 votos a
favor y una abstención, será especialmente beneficiosa para la comunidad
transexual ya que permite la rectificación registral sin obligación de
acreditar intervención quirúrgica ni terapias hormonales u otro
tratamiento psicológico o médico
El Senado aprobó esta noche una ley que le permitirá a
toda persona rectificar en los registros públicos el sexo, imagen y
nombre de pila con el que fueron inscritos al nacer cuando no coincidan
con la identidad de género autopercibida.
La iniciativa, aprobada con 55 votos a favor y una
abstención, será especialmente beneficiosa para la comunidad transexual
ya que permite la rectificación registral sin obligación de acreditar
intervención quirúrgica ni terapias hormonales u otro tratamiento
psicológico o médico."Que el Senado trate y apruebe el proyecto es un hecho histórico que engrandece a la democracia, a la Constitución nacional y los derechos humanos. Es un acto de justicia y reparación, un grito de libertad y dignidad frente a los años de silencio cómplice, de exclusión y discriminación que sufren las personas en base a su identidad de género autopercibida'', dijo Pedro Paradiso Sottile, abogado coordinador del área jurídica de la Comunidad Homosexual Argentina (CHA).
Ante la solicitud de cambio
de identidad, el Registro Civil debe proceder a emitir una nueva
partida de nacimiento ajustándola a los cambios
CHA ha sido
uno de los impulsores de la ley de identidad de género, que en el texto
se define como ``la vivencia interna e individual del género tal como
cada persona la siente, la cual puede corresponder o no con el sexo
asignado al momento del nacimiento''.Ante la solicitud de cambio de identidad, el Registro Civil debe proceder a emitir una nueva partida de nacimiento ajustándola a los cambios.
Uno de los artículos más controvertidos de la ley refiere a los menores de 18 años, quienes podrán iniciar el trámite de rectificación registral a través de sus representantes legales. Si no tuvieran su consentimiento, un juez tendrá que intervenir.
Para que la ley entre en
vigencia debe ser promulgada por la presidenta Cristina Fernández y
luego publicada en el boletín oficial
Para que la ley entre en
vigencia debe ser promulgada por la presidenta Cristina Fernández y
luego publicada en el boletín oficial. Se descuenta que la mandataria
dará su aval a la norma ya que el bloque oficialista votó en el Senado
por unanimidad a favor de la misma.Argentina fue en 2010 el primer país latinoamericano en legalizar el matrimonio entre personas del mismo sexo.
Si bien en otros países, como Uruguay, ya se ha legislado sobre la identidad de género, este proyecto "es de vanguardia en el mundo'' por los beneficios que garantiza, dijo César Cigliutti, presidente de la CHA.
Entre otras razones porque obliga al sistema de salud público y privado a brindar a toda persona el acceso a intervenciones quirúrgicas totales y parciales y/o tratamientos integrales hormonales para adecuar el cuerpo, incluido su genitalidad, a su identidad de género autopercibida sin necesidad de exigir previa autorización judicial o administrativa.
Estas prestaciones, además, serán incluidas en el Plan Médico Obligatorio, por lo que los prestadores de salud de sindicatos y de empresas privadas no podrán exigir a sus beneficiarios un pago extra por las mismas.
Agencias Télam y AP
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