Política cambiaria / Una maraña legal define quien accede o no a monedas extranjeras
El cepo al dólar, cada vez más cerrado
En 10 meses, el Gobierno dictó una norma por semana; se afianzaron el paralelo y la salida de depósitos bancarios
Desde que se obsesionó por "cuidar los dólares" -por
la fuga de capitales que, en apenas cinco años, le restó al país el
manejo de unos US$ 80.000 millones-, el Gobierno se vio forzado a dictar
una nueva norma por semana para profundizar el cepo cambiario e
intentar así alcanzar su objetivo.
La saga empezó hace 10 meses, a fines de octubre, cuando se dispuso que cada compra minorista de divisas extranjeras debía
ser autorizada previamente por la Administración Federal de Ingresos
Públicos (AFIP). El resultado es un complejo compendio de circulares,
comunicaciones, resoluciones y hasta contrarresoluciones del Banco
Central (BCRA), el Ministerio de Economía, la Comisión Nacional de
Valores (CNV) y la propia AFIP, el organismo que se quedó con la palabra
final sobre quiénes pueden acceder al mercado y quiénes no.
Esta
verdadera maraña normativa, tendiente a perfeccionar lo que se denominó
"cepo cambiario", obligó a ahorristas e inversores a readaptarse al
nuevo contexto, y a los encargados de los departamentos de finanzas y
comercio exterior de las empresas locales a realizar posgrados prácticos
para desentrañar la batería de normas que compone la cada vez más
compleja restricción o "administración" del comercio exterior.
La
columna estructural de la estrategia represiva de la demanda de moneda
extranjera por la que optó el Gobierno cuenta con algunos hitos. Por
ejemplo, la normativa que instituyó a fines de octubre el cepo
(comunicación A "5239" del BCRA o resoluciones 3210 y 3212 de la AFIP),
la que bloqueó a comienzos de marzo los retiros de dólares desde cajeros
automáticos en el exterior (comunicación "A" 5294 del BCRA) y la que
blanqueó a comienzos de julio que sólo habían quedado las ventas de
dólares con destino al ahorro (comunicación "A" 5318 que regulariza una
determinación que la AFIP ya aplicaba de facto e irregularmente desde
mayo). No hay que olvidar las que intentan desdolarizar la demanda de
dólares con destino a gastos por turismo o viajes en el exterior o la
última de la CNV (resolución general 608), que generó una corrida entre
los Fondos Comunes de Inversión que tienen activos financieros nominados
en moneda extranjera.
La maraña se compone, además, de otra veintena de disposiciones .
"[No se atienden] los desequilibrios subyacentes y problemas
estructurales, que impactan negativamente en las expectativas de los
agentes económicos, que perciben que el sistema no puede sostenerse y
esperan que ajuste vía una devaluación", considera un reciente informe
de la consultora Economía & Regiones (E&R).
Lo
cierto es que las restricciones para hacerse de divisas en el mercado
formal se fueron tornando cada vez más severas hasta llegar a
prohibiciones lisas y llanas que derivaron en la consolidación de
distintos tipos de cambio.
El
economista Federico Muñoz, de la consultora homónima, coincide en el
diagnóstico de E&R. Sostiene que las trabas se dieron "en un
contexto de manifiesta inconsistencia de la política macroeconómica y de
persistente incertidumbre, que invitaban al público a dolarizar
carteras para cubrirse de los riesgos de devaluación o posible
confiscación", en referencia al persistente drenaje de depósitos en
dólares que, en 10 meses, restó al sistema bancario el 45% de los
recursos en esa moneda que tenía bajo administración.
El reflejo de estas inconsistencias hay que buscarlo en la brecha abierta entre el dólar informal y el tipo de cambio oficial. "Antes,
el termómetro eran los vaivenes de la creciente y significativa salida
de capitales. Hoy, ya cerrado el grifo de la compra de moneda extranjera
y aplacada esa fuga, el proceso se refleja en las cotizaciones
informales del dólar", apuntaron desde la consultora ACM.
ALGUNOS HITOS DEL CORRALITO VERDE
No son las únicas restricciones, pero sí algunas de las más importantes
de los últimos diez meses y que fueron cerrando el cepo cambiario:
* 28 de octubre de 2011: el BCRA crea mediante la comunicación "A" 5239
el Programa de Consulta de Operaciones Cambiarias, mediante el que le
concede a la AFIP el poder de supervisar todas las solicitudes de compra
de divisas. Es el primer paso del cerco cambiario. La AFIP hace lo
propio mediante la resolución general 3210/11.
*
24 de abril de 2012: mediante la resolución 142 el Ministerio de
Economía recorta a "15 días" el plazo para el ingreso en el sistema
financiero de divisas provenientes de operaciones de exportación. Luego
emitió 11 contrarresoluciones para flexibilizar los plazos para
distintas empresas o actividades.
*
5 de julio: el BCRA oficializa lo que ya era un hecho al prohibir
formalmente la compra de dólares para el atesoramiento. También
establece que las operaciones de compra de moneda extranjera deben
hacerse con dinero bancarizado y declara la caducidad de la posibilidad
de pasar a dólares los pesos originados en un crédito para compra de
vivienda.
*
9 de agosto de 2012: el Banco Central de la República Argentina (BCRA)
dispuso, a través de la comunicación "A" 5399, que a los turistas que
viajen a países limítrofes y a aquellos que tienen al euro como moneda
se les venderá exclusivamente divisas de esas naciones.
Para los demás destinos, aunque la norma no lo especifica, el Gobierno autorizará la venta de dólares
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